DECRETO 754 DE 1975
(abril 28)
Diario Oficial No. 34316 del 15 de mayo de 1975
<NOTA DE VIGENCIA: Mediante el Decreto1615 de 2003 se suprimió la Empresa Nacional de Telecomunicaciones - TELECOM-. Las escalas de remuneración del presente Decreto surten efectos fiscales a partir del 1o. de abril de 1975>
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Por el cual se fijan unas asignaciones en la Empresa Nacional de Telecomunicaciones.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en uso de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 3o de la Ley 24 de 1974,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado tácitamente por los Artículos 4o., 5o., 6o. y 7o. de la Ley 4 de 1992>
ARTÍCULO 2o. <Artículo derogado tácitamente por los Artículos 4o., 5o., 6o. y 7o. de la Ley 4 de 1992>
ARTÍCULO 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, surte efectos fiscales a partir del primero de abril de 1975 y deroga las normas que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 23 de abril de 1975.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Comunicaciones,
JAIME GARCÍA PARRA.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RODRIGO BOTERO MONTOYA
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil
|