DECRETO 1286 DE 1978
(julio 3)
Diario Oficial No. 35.061 de 25 de julio de 1978

Por el cual se adicionan y modifican algunos artículos de los Decretos números 720, 900 y 1030 de 1978

REVISAR DESDE EL ARTÍCULO 2o

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado tácitamente por los Artículos 4o., 5o., 6o. y 7o. de la Ley 4 de 1992. El texto original es el siguiente:>  Establécense a partir del 1o de enero de 1979, las siguientes columnas salariales para cada uno de los niveles en que se clasifican los empleos de la Contraloría General de la República.

Nivel Directivo

GradoSueldo básicoGastos de representaciónRemuneración total
1$ 27.700$ 6.500.00$ 33.500.00
213.30026.700.0040.000.00

Nivel Asesor
GradoSueldo básicoGastos de representaciónRemuneración Total
121.600.004.900.0026.500.00

Nivel Ejecutivo

GradoSueldo Básico
18.700.00
210.800.00
313.000.00
415.200.00
515.700.00
617.900.00
719.500.00
820.800.00
924.900.00
1026.000.00

Nivel Profesional

GradoSueldo Básico
113.000.00
215.700.00
317.900.00
419.500.00

Nivel Técnico

GradoSueldo Básico
16.000.00
26.500.00
37.100.00
47.800.00
58.700.00
69.200.00
710.300.00
811.100.00
911.900.00
1014.100.00

Nivel Administrativo

GradoSueldo Básico
14.200.00
24.600.00
35.400.00
46.000.00
56.500.00
67.100.00
77.800.00
88.700.00
99.200.00
1010.300.00
1111.100.00
1211.900.00
1313.000.00
1414.100.00
1515.700.00

Nivel Operativo

GradoSueldo Básico
13.100.00
23.800.00
34.200.00
44.600.00
54.900.00
65.400.00
76.500.00
87.800.00
98.700.00

ARTÍCULO 2o. El artículo 35 del Decreto No. 720 de 1978, quedará así:

Cuando por razones especiales del servicio fuere necesario realizar trabajos por horas distintas de la jornada ordinaria de labor, el Contralor General de la República o las personas en quienes este hubiere delegado tal _____ autorizará descanso compensatorio o pago de horas extras.

El pago de horas extras o el reconocimiento del descanso compensatorio se sujetará a los siguientes requisitos:

a) El empleo del funcionario que va a trabajarlas _____estar comprendido en el nivel Técnico, hasta el ______en el nivel Administrativo, hasta el grado 11 o en el _____Operativo.

b) El trabajo suplementario deberá ser autorizado previamente, mediante comunicación escrita, en la que se especifican las actividades que haya de desarrollar.

c) El reconocimiento del tiempo de trabajo suplementario se hará por Resolución motivada y se liquidará un recargo del veinticinco por ciento (25%) sobre la remuneración básica fijada por la ley, para el ______empleo.

d) En ningún caso pagarse más de 40 horas extras mensuales;

e) Si el tiempo laborado fuera de la jornada ordinaria superare dicha cantidad el excedente se reconocerá ________ tiempo compensatorio, a razón de un día hábil por _____ ocho horas extras de trabajo.

ARTÍCULO 3o. El artículo 39 del Decreto número _____ de 1978, quedará así:

Del trabajo ocasional en días de vacancia

Por razones especiales del servicio, podrá ____el trabajo ocasional en días de vacancia.

Para efectos de la liquidación y el pago de la _____ los empleados que ocasionalmente laboren ____de vacancia, se aplicarán las siguientes reglas:

a. Sus empleos deberán estar comprendidos en _____técnico hasta el grado 8; en el nivel administrativo ______ el grado 11 o en el operativo;

b. El trabajo deberá ser autorizado previamente ____ Contralor General de la República o por la _____quien este hubiere delegado tal atribución, _____ municación escrita en la cual se especifiquen las _____ que haya de desempeñarse;

c. El reconocimiento del trabajo en día de vacancia _____ hará por Resolución motivada;

d. El trabajo ocasional en días de vacancia se _____con un día de descanso remunerado o con_____ bución en dinero, a elección del funcionario. _____bución será igual al doble de la remuneración_____ a un día ordinario de trabajo, o propo_______al tiempo laborado si este fuere menor.

e. El disfrute del día de descanso compensatorio ____retribución en dinero se reconocerá sin perjuicio______ asignación ordinaria a que tenga derecho el ____por haber laborado el mes completo.

f. La remuneración por el día de descanso ____ se entiende incluida en la asignación mensual.

ARTÍCULO 4o. El artículo 42 del Decreto número ____1978 quedará así:

De la bonificación por servicios prestados

A partir del 20 de abril de 1978 créase una ______ por servicios prestados para los empleados de la Contraloría General de la República.

Esta modificación se reconocerá y pagará al ____cada vez que cumpla un año de labor en la Contraloría. Sin embargo, cuando un funcionario de la _____ General de la República pase a uno de los ______enumerados en el artículo 1o del Decreto-ley ____1042 de 1978, el tiempo laborado en la entidad ______ en cuenta para el reconocimiento y pago de la _____ción, siempre que no haya solución de continuidad ____ servicio.

Se entenderá que no hay solución de continuidad _____ entre el retiro y la fecha de la nueva posesión, se incurrieron en más de quince días hábiles.

La bonificación de que trata el presente _______ independencia de la asignación básica, y no será _____

ARTÍCULO 5o. El artículo 44 del Decreto número ____ 1978 quedará así:

De la cuantía de la bonificación

La bonificación por servicios prestados será ______ al veinticinco por ciento (25%) de la asignación _____ tenga el funcionario en la fecha en que se _______recho a percibirla.

ARTÍCULO 6o. La equivalencia fijada en el artículo ____Decreto número 720 de 1978 para el cargo de ______Fiscal, será la siguiente:

SITUACIÓN ANTERIORSITUACIÓN NUEVA
SerieClaseGradoNivelDenominaciónGrado
Visitador FiscalI23ProfesionalInvestigador Fiscal 
Visitador FiscalII26ProfesionalInvestigador Fiscal 
Visitador FiscalIII27ProfesionalInvestigador Fiscal 

ARTÍCULO 7o. Modifícase la equivalencia fijada en el artículo ____del Decreto-Ley 720 de 1978, en el sentido ____de que la asignación mensual para los empleos de ___u odontológicos será de tres mil pesos ($ 3.000.00) ____

El tiempo laborado por quienes desempeñan estos empleos no podrá ser superior a 4 horas-mes.

ARTÍCULO 8o. Aclarase el artículo 1o del Decreto-ley número 1050 de 1978 en el sentido de que en la Sección de ____del Balance de la Nación de la División de Au_____del Balance de la Nación de la Dirección de Aná______ Financiero y Estadística, son 4 empleos de Auditor ____del nivel Profesional grado 1 y 2 como allí dice.

ARTÍCULO 9o. El artículo 15 del Decreto número 720 de ____ quedará así:

Establécese a partir del 1o de enero de 1978, la siguiente remuneración para el nivel Asesor:

___ Sueldo BásicoGastos de RepresentaciónRemuneración Total
$ 20.000.00$ 4.500.00$ 24.500.00

ARTÍCULO 10. Los artículos 53 y 54 del Decreto 720 de 1978 quedarán así:

___empleados de la Contraloría General de la República, que deban viajar dentro o fuera del país en comisión de servicios, tendrán derecho al reconocimiento y pago de _____de acuerdo con las cuantías que se determinan a continuación:

Remuneración mensualViáticos diarios en pesos para comisión dentro del paísViáticos diarios en dólares estadinenses para comisión en el exterior
Hasta $ 5.000.00400.0040.00
De $ 5.001.00 a $ 10.000.00500.0050.00
De $ 10.001.00 a $ 20.000.00800.0080.00
De 20.001.00 a $ 35.000.001.200.00120.00
De $ 35.000 en adelante1.500.00150.00

PARÁGRAFO. Los viáticos de los empleados que prestan servicio en las Auditorías del exterior se liquidarán con base en el sueldo básico del cargo equivalente en la ___Interna de la Entidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1o del Decreto 900 de 1978.

ARTÍCULO 11. El Contralor General de la República o ____mario en quien él delegue, fijará el valor de los _____diarios teniendo en cuenta la asignación mensual ___dinario comisionado, la naturaleza de los asuntos ____confiados y el lugar donde debe llevarse a _____labor, hasta por las cantidades señaladas en el ____anterior.

ARTÍCULO 12. El Contralor General de la República re ____lo relacionado con viáticos atendiendo, entre ____los siguientes aspectos: la categoría y asignación ____ empleado, la clase e importancia de la comisión, el ____donde deba desempeñarse y la disponibilidad pre___ de la Contraloría General.

Mientras se dicta la reglamentación correspondiente se ____fijar los topes señalados en el artículo 10 del presente decreto.

ARTÍCULO 13. Aclárase el artículo 7o del Decreto-ley número 920 de 1978 en el sentido de que surte efectos fiscales a partir del 1o de enero de 1978.

ARTÍCULO 14. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean conferidas en los artículos número 720, 900 y 1050 de 1978.

Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a julio 3 de 1978.

ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ALFONSO PALACIO RUDAS

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado,


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