DECRETO 424 DE 1979
(febrero 26)
Diario Oficial. 35.242 de 18 de abril de 1979

por el cual se fija la remuneración de los médicos y Odontólogos que laboran por el sistema hora-mes en la Contraloría General de la República.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 53 de 1978,

DECRETA:

ARTICULO 1o. <Artículo derogado tácitamente por los Artículos 4o., 5o., 6o. y 7o. de la Ley 4 de 1992>

ARTICULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá. D. E., a 26 de febrero de 1979.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
JAIME GARCÍA PARRA

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,


Página Principal | Menú General de Leyes 1968 a 1991 | Menú General de Leyes 1992 en adelante | Proceso legislativo | Antecedentes de Proyectos
Gaceta del Congreso | Diario Oficial | Consultas y Opiniones
 
Cámara de Representantes de Colombia | Información legislativa www.camara.gov.co
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor y forma de presentación están protegidas por las normas de derecho de autor. En relación con éstas, se encuentra prohibido el aprovechamiento comercial de esta información y, por lo tanto, su copia, reproducción, utilización, divulgación masiva y con fines comerciales, salvo autorización expresa y escrita de Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Para tal efecto comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.