DECRETO LEGISLATIVO 1413 DE 1975
(julio 17)
Diario Oficial No. 34.372 del 5 de agosto de 1975
<NOTA DE VIGENCIA: En criterio del Editor este Decreto no se encuentra vigente teniendo en cuenta que fue restablecido el orden público y levantado el estado de sitio por este Decreto declarado>
Por el cual se crean unos cargos en la Jurisdicción Penal Militar y se dictan otras disposiciones.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional y en desarrollo de los Decretos legislativos números 1136 y 1249 de 1975,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Créanse los siguientes cargos en la Jurisdicción Penal Militar:
a. Nueve (9) plazas de Magistrado del Tribunal Superior Militar, que conformarán las Salas Cuarta, Quinta y Sexta;
b. Seis (6) Fiscalías del Tribunal Superior Militar, que llevarán los números Cuatro, Cinco, Seis, Siete, Ocho y Nueve;
c. Quince (15) Asistentes Judiciales, para los Despachos que se crean en los literales a y b; y
d. Tres (3) Asistentes Judiciales y un (1) Auxiliar de Oficina para la Secretaría del Tribunal Superior Militar.
ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Los cargos creados por el presente Decreto funcionarán mientras subsista el estado de sitio, declarado por los Decretos legislativos 1136 y 1249 de 1975.
ARTÍCULO 3o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Autorízase al Gobierno Nacional para hacer los traslados presupuestales a que haya lugar.
ARTÍCULO 4o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y suspende las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a julio 17 de 1975.
ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN
El Ministro de Gobierno,
COERNELIO REYES.
El Ministro de Relaciones Exterior,
INDALECIO LIÉVANO AGUIRRE.
El Ministro de Justicia,
SAMUEL HOYOS ARANGO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RODRIGO BOTERO MONTOYA.
El Ministro de Defensa Nacional,
General ABRAHAM VARÓN VALENCIA.
El Ministro de Agricultura,
RAFAEL PARDO BUELVAS.
El Ministro de Salud Pública,
HAROLDO CALVO NÚÑEZ.
El Ministro de Desarrollo Económico, encargado,
DIEGO MORENO JARAMILLO.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
MARÍA ELENA DE CROVO.
El Ministro de Minas y Energía,
EDUARDO DEL HIERRO SANTACRUZ.
El Ministro de Educación Nacional,
HERNANDO DURÁN DUSSÁN.
El Ministro de Comunicaciones,
JAIME GARCÍA PARRA.
El Ministro de Obras Públicas,
HUMBERTO SALCEDO COLLANTE.
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