DECRETO 934 DE 1975
(mayo 19)
Diario Oficial No. 34.335 del 13 de junio de 1975

<NOTA DE VIGENCIA: El presente Decreto produce efectos fiscales a partir del 19 de febrero de 1975>

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL.

Por el cual se reajustan las asignaciones correspondientes a los cargos de la Contraloría General de la República y se crea una prestación social.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 20 de 1975,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado tácitamente por los Artículos 4o., 5o., 6o. y 7o. de la Ley 4 de 1992>

ARTÍCULO 2o. La prima de antigüedad consolidada no se afecta por lo dispuesto en este Decreto.

ARTÍCULO 3o. Créase para los funcionarios de la Contraloría General de la República una prima de vacaciones,, equivalente al quince días de sueldo por cada año continuo de servicios en la entidad.

Dicha prima se perderá cuando se compensen en dinero las vacaciones.

La prima de que trata el presente artículo se reconocerá para las vacaciones que se, causen con posterioridad al 19 de febrero de 1975.

ARTÍCULO 4o. Es entendido que los reajustes aquí decretados no se acumulan sino que sustituyen a los ordenados mediante Resolución número.05.231 de 10 de marzo de 1975 del Contralor General de la República.

ARTÍCULO 5o. El presente Decreto produce efectos fiscales a partir del 19 de febrero de 1975.

ARTÍCULO 6o. La retroactividad prevista en el presente Decreto no causará reajuste alguno en los pagos ya realizados por concepto de vacaciones compensadas en dinero, viáticos y horas extras, y causados con anterioridad al primero de abril de 1975.

ARTÍCULO 7o. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase,
Dado en Bogotá, D. E, a 19 fie mayo de 1975.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RODRIGO BOTERO MONTOYA.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado,


Página Principal | Menú General de Leyes 1968 a 1991 | Menú General de Leyes 1992 en adelante | Proceso legislativo | Antecedentes de Proyectos
Gaceta del Congreso | Diario Oficial | Consultas y Opiniones
 
Cámara de Representantes de Colombia | Información legislativa www.camara.gov.co
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor y forma de presentación están protegidas por las normas de derecho de autor. En relación con éstas, se encuentra prohibido el aprovechamiento comercial de esta información y, por lo tanto, su copia, reproducción, utilización, divulgación masiva y con fines comerciales, salvo autorización expresa y escrita de Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Para tal efecto comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.