DECRETO 397 DE 1975
(marzo 6)
Diario Oficial No. 34.290 del 07 de abril de 1975
<NOTA DE VIGENCIA: Mediante el artículo 2o. del Decreto 671 de 1975 se modificó la denominación del Instituto Nacional de Programas Especiales de Salud por la de Instituto Nacional de Salud>
Por el cual se fija la escala de remuneración de los empleos del Instituto Nacional para Programas Especiales de Salud, INPES.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en uso de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 3o de la Ley 24 de 1974,
DECRETA:
ARTICULO 1o. Las normas contenidas en los Decretos 2554 de 1972, 598 de 1974 y 230 de 1675, serán aplicables al Instituto Nacional para Programas Especiales de Salud.
ARTICULO 2o. El Instituto procederá a elaborar la planta de personal del área técnico-científica y a someterla a aprobación del Gobierno Nacional.
ARTÍCULO 3o. Los empleados públicos que sean nombrados en la planta de personal que se establezca en cumplimiento del presente Decreto sólo requerirán para la posesión, la firma del acta respectiva, y el pago de impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración.
ARTÍCULO 4o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Decreto 1659 del 6 de agosto de 1974 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuniques y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de marzo de 1975.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Salud Pública,
HAROLDO CALVO NÚÑEZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RODRIGO BOTERO MONTOYA.
El Jefe del. Departamento Administrativo del Servicio Civil,
|