DECRETO LEGISLATIVO 1638 DE 1972
(septiembre 8)
Diario Oficial No. 33.692 de 19 de septiembre de 1972

<NOTA DE VIGENCIA: En criterio del Editor este Decreto no se encuentra vigente teniendo en cuenta que fue restablecido el orden público y levantado el estado de sitio>
Por el cual se derogan unos decretos

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional y en desarrollo del Decreto extraordinario número 250 de 1971; y

CONSIDERANDO:

Que el señor Procurador General de la Nación ha informado al Gobierno que la actividad laboral en las oficinas judiciales y del Ministerio Público es completamente normal en la actualidad, y

Que en consecuencia, no es ya necesario mantener la vigencia de los Decretos extraordinarios números 1415 y 1459 de 1972, dictados con la precisa y única finalidad de procurar el restablecimiento de la normalidad en las oficinas judiciales y del Ministerio Público cuyos servicios estuvieron suspendidos,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Deróganse los Decretos extraordinarios números 1415 y 1459 de 1972.

ARTÍCULOS 2o. Las autoridades de Policía a que se refiere el artículo 1o del Decreto 1415 de 1972, pasarán a los Jueces correspondientes los procesos que venían instruyendo por delitos de competencia de los Jueces ordinarios, en el estado en que se encuentren.

ARTÍCULO 3o. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E. a 8 de septiembre de 1972.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Gobierno,
ABELARDO FORERO BENAVÍDES

El Ministro de Relaciones Exteriores
ALFREDO VASQUEZ CARRIZOSA

El Ministro de Justicia,
MIGUEL ESCOBAR MÉNDEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RODRIGO LLORENTE MARTINEZ

El Ministro de Defensa Nacional,
General HERNANDO CURREA CUBIDES

El Ministro de Agricultura,
HERNAN JARAMILLO OCAMPO

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS

El Ministro de Salud Pública,
JOSE MARÍA SALAZAR BUCHELLI

El Ministro de Desarrollo Económico,
HERNANDO AGUDELO VILLA

El Ministro de Minas y Petróleos,
RAFAEL CAYCEDO ESPINOSA

El Ministro de Educación Nacional,
JUAN JACOBO MUÑOZ

El Ministro de Comunicaciones,
JUAN B. FERNÁNDEZ RENOWITZKY

El Ministro de Obras Públicas, encargado
JAIRO SIERRA MÚNERA


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