DECRETO 271 DE 1971
(marzo 3)
Diario Oficial No. 33270 de 22 de marzo de 1971

<NOTA DE VIGENCIA: En criterio del Editor este Decreto no se encuentra vigente teniendo en cuenta que fue restablecido el orden público y levantado el estado de sitio>

Por el cual se aclara un Decreto Legislativo y se dictan otras disposiciones.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 121 de la Constitución nacional y en desarrollo del Decreto Legislativo 250 de 1971,

DECRETA:

ARTICULO 1o. Aclarase el Decreto Legislativo 254 de 1971 en el sentido de que la Justicia Penal Militar conocerá de los procesos por los delitos allí contemplados que se cometan durante su vigencia.

ARTICULO 2o. <Artículo derogado por el artículo 2o. del Decreto 2034 de 1972>

ARTICULO 3o. Las contravenciones de competencia de la Justicia Penal Militar se fallarán por medio de Resolución motivada de los Comandantes de Brigada y demás funcionarios que estén autorizados para convocar Consejos de Guerra Verbales a particulares. Contra esta clase de Resoluciones solo procederá el recurso de reposición.

ARTICULO 4o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 2 de marzo de 1971

MISAEL PASTRANA BORRERO

Siguen las firmas de todos los Ministros del Despacho


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