DECRETO 290 DE 1983
(febrero 7)
Diario Oficial No. 36.195 de 17 de Febrero de 1983
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Por el cual se modifica la remuneración de los empleos tecnico-científicos del Centro Interamericano de Fotointerpretación, CIAF.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 57 de 1982,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Para efectos de fijar la remuneración mensual de los empleos tecnico-científicos del Centro Interamericano de Fotointerpretación, CIAF, el valor del punto será de trescientos diez y siete pesos ($317.00) moneda corriente.
ARTÍCULO 2o. El 50% de la remuneración mensual que le corresponde al empleo de Secretario Académico de que trata el Decreto 1267 de 1978 y 423 de 1979, tendrá el carácter de Gastos de Representación.
ARTÍCULO 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición; deroga el Decreto Extraordinario 283 del 29 de enero de 1982 y surte efectos fiscales a partir del 19 de enero de 1983.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogota, D. E., a 7 de febrero de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de hacienda y Crédito Público,
EDGAR GUTIÉRREZ CASTRO.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
JOSÉ FERNANDO ISAZA D.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio civil,
ERICINA MENDOZA SALADÉN.
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