DECRETO LEGISLATIVO 2189 DE 1976
(octubre 18)
Diario Oficial No. 34.675 de 16 de noviembre de 1976
<NOTA DE VIGENCIA: Pérdida de vigencia por agotamiento de su objeto>
Por el cual se hacen unos contracréditos y se abre un crédito adicional en el presupuesto de gastos de la actual vigencia (Ministerio de Salud Pública), por razones de orden público
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 121 de la Constitución Nacional y 104 del Decreto-ley 294 de 1973, respectivamente; en desarrollo del Decreto 2131 de 1976, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 2181 de 8 de octubre de 1976 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio.
Que existe en el Instituto Colombiano de Seguros Sociales un paro inconstitucional que afecta sus servicios médicos, paramédicos y complementarios, y que la prestación de estos por otros medios requiere gastos extraordinarios para los cuales no existe apropiación en el presupuesto.
Que el artículo 104 del Decreto-ley 294 de 1973 faculta al Gobierno Nacional, para que en estado de sitio, abra los créditos adicionales en el presupuesto en la forma que el Presidente de la República y el Consejo de Ministros lo decidan.
Que el Consejo de Ministros determinó la necesidad de adicionar el presupuesto de gastos vigente para disponer de recursos indispensables con el fin de atender obligaciones originadas en el estado de sitio.
Que por Resolución número 00290 del 15 de julio do 1976 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público se declararon sobrantes y disponibles para contracreditar varias apropiaciones del presupuesto vigente, y
Que el Contralor General de la República expidió el certificado de reserva y disponibilidad número 50 de 1976 por $ 268.825.678 del cual se toma la cantidad de $ 30.000.000 para el indicado crédito adicional,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Hácense los siguientes contracréditos al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1976:
PRESUPUESTO DE INVERSION
Ministerio de Salud Pública
CAPÍTULO 265
Ministerio de Salud Pública.
Programa 636.
Construcción y terminación de acueductos y alcantarillados.
Inversión Indirecta.
Recursos ordinarios
Claves:
593 412
Artículo 0172. Financiación de programas nacionales. | $ 4.000.000
|
04
05 | Plan de medición, para adquisición de medidores con el objeto de racionalizar el consumo en sistema de acueducto.
Plan de cloración, para instalación de cloradores para desinfección de aguas en sistemas de acueductos.
|
1.000.000
3.000.000
|
|
Artículo 6175. Financiación de proyectos dentro del plan de acueductos y alcantarillados para el Departamento del Atlántico
| $ 2.500.000 |
01 02 03 04 05 06 07 08
09
| Baranoa Luruaco Malambo Polo Nuevo Puerto Colombia Repelón Santa Lucía Para improvistos en las obras que se adelantan en los municipios incluidos en el Departamento del Atlántico. Para financiación de proyectos sanitarios en otros municipios del Departamento del Atlántico
| $ 300.000 300.000 300.000 150.000 150.000 150.000
315.000
685.000
| |
Artículo 6176. -Financiación de proyectos dentro del plan nacional de acueductos y alcantarillados para el Departamento de Bolívar.
| $ 3.000.000 |
01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11
12 | Carmen de Bolívar Carmen de Bolívar San Juan Nepomuceno Santa Rosa San Estanislao Villanueva Magangué María La Baja Turbaco Arjona (alcantarillado) Para imprevistos en las obras que se adelantan en los municipios incluidos en el Departamento de Bolívar Para financiación de proyectos sanitarios en otros municipios del Departamento de Bolívar. | 300.000 200.000 200.000 400.000 230.000 40.000 250.000 100.000 100.000 300.000
665.000
215.000
| |
Artículo 6177. Financiación de proyectos dentro del plan nacional de acueductos y alcantarillados para el Departamento de Boyacá.
| $ 2.500.000 |
01 02 03 04 05 06 07 08
09 | Garagoa Guateque Duitama Chiquinquirá Tunja Sogamoso Villa de Leiva Para Imprevistos en las obras que se adelantan en los municipios incluidos en el Departamento de Boyacá Para financiación de proyectos sanitarios en otros municipios de Boyacá. | 346.000 300.000 300.000 390.000 820.000 45.200 200.000
29.400
69.400
| |
Artículo 6178. Financiación de proyectos dentro del plan nacional de acueductos y alcantarillados para el Departamento de Caldas.
| $ 2.500.000 |
01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15
16
17 | La Dorada Chinchiná Anserma Salamina Pensilvania Villamaría Manzanares Pácora Riosucio Aguadas Aranzasu Neira Supía Viterbo Para imprevistos en las obras que se adelantan en los municipios incluidos en el Departamento de Caldas Para financiación de proyectos sanitarios en otros municipios del Departamento de Caldas Para distribución posterior en otros municipios | 204.000 325.000 282.000 45.000 91.000 256.000 55.000 236.000 48.000 91.000 236.000 236.000 158.000 48.000
95.000
95.000
1.000
| |
Artículo 6179. Financiación de proyectos dentro del plan nacional de acueductos y alcantarillados para el Departamento del Cauca
| $ 1.700.000 |
01 02 03 04 05 06 07 08 09
10
| Corinto Guapí (acueducto y alcantarillado) Miranda Patía (El Bordo) Piendamó Puerto Tejada Santander de Quilichao Silvia Para imprevistos en las obras que se adelantan en los municipios incluidos en el Departamento del Cauca Para financiación de proyectos sanitarios en otros municipios del Departamento del Cauca | 210.000 200.000 110.000 200.000 280.000 200.000 150.000 50.000
275.000
25.000
| |
Artículo 6180. Financiación de proyectos del plan nacional de acueductos y alcantarillarlos para el Departamento del Cesar
| $ 2.000.000 |
01 02 03 04 05 06 07 08 09
10 | Codazzi La Paz El Copel Aguachica Curumaní Chimichagua Gamarra La Gloria (alcantarillado Para Imprevistos en los obras que se adelantan en los municipios incluidos en el Departamento del Cesar Para financiación de proyectos sanitarios en otros municipios del Departamento del Cesar
| 260.000 50.000 650.000 150.000 140.000 200.000 100.000 100.000
300.000
50.000 | |
Artículo 6181. Financiación de proyectos dentro del plan nacional de acueductos y alcantarillados para el Departamento de Córdoba
| $ 2.000.000 |
01 02 03 04 05 06 07 08
09
| Planetarrica Montelíbano Lorica Ayapel Sahagún (San José y San Pedro) Cereté Ciénaga de oro Para imprevistos en las obras que se adelanten en los municipios incluidos en el Departamento de Córdoba Para distribución posterior en otros municipios
| 300.000 100.000 100.000 100.000 100.000 100.000 100.000
100.000
1.000.000 | |
Artículo 6182. Financiación de proyectos dentro del plan nacional de acueductos y alcantarillados para el Departamento de Cundinamarca
|
2.200.000 |
01 02 03 04 05 06 07 08
09 | Chía Madrid Zipaquirá Villeta Girardot Sibaté Viotá Para imprevistos en las obras que se adelantan en los municipios incluidos en el Departamento de Cundinamarca Para distribución posterior en otros municipios
| 200.000 100.000 50.000 300.000 50.000 100.000 50.000
50.000
1.300.000 | |
Artículo 6186. Financiación de proyectos dentro del plan nacional de acueductos y alcantarillados para el Departamento del Choco
| 500.000 |
01
| Istmina | 500.000 | |
Artículo 6184. Financiación de proyectos dentro del plan nacional de acueductos y alcantarillados para el Departamento del Huila
| 2.000.000 |
01 02 03 04 05 06 07
| Pitalito Algeciras Garzón La Plata Campoalegre Baraya (acueducto) Para imprevistos en las obras que se adelantan en los municipios Incluidos en el Departamento del Huila
| 1.000.000 200.000 200.000 300.000 200.000 50.000
50.000 | |
Artículo 6185. Financiación de provectos dentro del plan nacional de acueductos y alcantarillados para el Departamento de La Guajira
| 3.000.000 |
01 02 03 04 05 06 07 | Riohacha Maicao Fonseca San Juan del Cesar Villanueva Uribia (alcantarillado) Manaure (alcantarillado) | 1.750.000 250.000 250.000 250.000 400.000 50.000 50.000
| |
Artículo 6188. Financiación de proyectos dentro del plan nacional de acueductos y alcantarillados para el Departamento del Magdalena
|
$ 2.200.000 |
01 02 03 04 05 06 07 08
| Ariguaní Plato Ciénaga El Banco Aracataca Sitio Nuevo Pivijay El Piñón (acueducto) | 400.000 200.000 200.000 400.000 200.000 200.000 400.000 200.000 | |
Artículo 6187. Financiación de proyectos dentro del plan nacional de acueductos y alcantarillados para el Departamento del Meta
| 200.000 |
04 05
06 | Cumaral Para imprevistos en las obras que se adelantan en los municipios incluidos en el Departamento del Meta Para financiación de proyectos sanitarios en otros municipios del Departamento del Meta | 50.000
100.000
50.000
|
|
Suman los contracréditos
. | $ 30.000.000 |
ARTÍCULO 2o. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrese el siguiente crédito adicional en el presupuesto de gastos de la actual vigencia:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Salud Pública
Capítulo 085
Ministerio de Salud Pública
Programa 215
Dirección superior
Claves | Art. | | |
205 111 430 | 2195-A-1 | Programas emergencia sanitaria (Para distribución previo concepto del Departamento Nacional de Planeación)
. |
$ 30.000. |
| Suma el crédito adicional
. | $ 30.000. |
ARTÍCULO 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E. a 18 de octubre de 1976.
ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN
El Ministro de Gobierno,
CORNELIO REYES
El Ministro de Relaciones Exteriores,
INDALECIO LIÉVANO AGUIRRE
El Ministro de Justicia
SAMUEL HOYOS ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RODRIGO BOTERO MONTOYA
El Ministro de Defensa,
General ABRAHAM VARÓN VALENCIA
El Ministro de Agricultura,
RAFAEL PARDO BUELVA
El Ministro de Trabajo y Seguridad social,
MARIA HELENA DE CROVO
El Ministro de Salud Pública,
HAROLDO CALVO NUÑEZ
El Ministro de Desarrollo Económico,
DIEGO MORENO JARAMILLO
El Ministro de Minas y Energía
JAIME GARCÍA PARRA
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