DECRETO LEGISLATIVO 669 DE 1972
(abril 28)
Diario Oficial No. 33.592 del 16 de mayo de 1972
<NOTA DE VIGENCIA: En criterio del Editor este Decreto no se encuentra vigente teniendo en cuenta que fue restablecido el orden público y levantado el estado de sitio>
Por el cual se deroga el Decreto número 508 de abril 5 de 1972.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y en desarrollo del Decreto legislativo 250 de 1971,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Derógase el Decreto número 508 de abril 5 de 1972.
ARTÍCULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 28 de abril de 1972.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Gobierno,
ABELARDO FORERO BENAVIDES.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
ALFREDO VÁZQUEZ CARRIZOSA.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RODRIGO LLORENTE MARTÍNEZ.
El Ministro de Defensa Nacional,
General HERNANDO CURREA CUBIDES.
El Ministro de Agricultura,
HERNÁN JARAMILLO OCAMPO.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, encargado,
CARLOS LÓPEZ RIVEIRA.
El Ministro de Salud Pública,
JOSÉ MARÍA SALAZAR BUCHELLI.
El Ministro de Desarrollo Económico,
JORGE VALENCIA JARAMILLO.
El Ministro de Minas y Petróleos,
RAFAEL CAICEDO ESPINOSA.
El Ministro de Educación Nacional,
LUIS CARLOS GALÁN SARMIENTO.
EI Ministro de Comunicaciones,
JUAN B. FERNÁNDEZ RENOWITZKY.
El Ministro de Obras Públicas,
ARGELINO DURAN QUINTERO.
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