DECRETO 528 DE 1971
(marzo 27)
Diario Oficial No. 33.304 de 4 de mayo de 1971

Por el cual se adiciona el Decreto-ley número 237 de 25 de febrero de 1971.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

En ejercicio de las facultades extraordinarias otorgadas por el artículo 20 de la Ley 16 de 1968 y oído el concepto de la Comisión Asesora, prevenida en la misma,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Los cargos de Celadores y Aseadoras, a que se refiere el artículo 4o del Decreto-ley 900 del 11 de junio de 1970, devengarán una asignación mensual de $ 1.010.00.

ARTÍCULO 2o. El inciso 3o del artículo 2o del Decreto número 237 de 1971, quedará así:

“Los Secretarios de Sala de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, y los Secretarios de las Fiscalías de esta última corporación, devengarán una asignación mensual de ocho mil quinientos pesos ($ 8.500.00), siempre que sean abogados titulados. Cuando no reunieren dicha calidad, devengarán una asignación mensual de seis mil quinientos pesos ($ 6.500.00) los Secretarios de Sala de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado y cinco mil pesos ($ 5.000.00), los Secretarios de las Fiscalías de esta última corporación”.

ARTÍCULO 3o. Adicionase el artículo 1o del Decreto número 2049 de 1969, en el sentido de que el cargo de Archivero grado 16 del Consejo de Estado corresponde al de Bibliotecólogo grado 17-B.

ARTÍCULO 4o. El presente Decreto rige a partir de su expedición y surte efectos fiscales con retroactividad al 1o de febrero de 1971.

Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 27 de marzo de 1971.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Justicia,
MIGUEL ESCOBAR MÉNDEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,


Página Principal | Menú General de Leyes 1968 a 1991 | Menú General de Leyes 1992 en adelante | Proceso legislativo | Antecedentes de Proyectos
Gaceta del Congreso | Diario Oficial | Consultas y Opiniones
 
Cámara de Representantes de Colombia | Información legislativa www.camara.gov.co
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor y forma de presentación están protegidas por las normas de derecho de autor. En relación con éstas, se encuentra prohibido el aprovechamiento comercial de esta información y, por lo tanto, su copia, reproducción, utilización, divulgación masiva y con fines comerciales, salvo autorización expresa y escrita de Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Para tal efecto comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.