DECRETO 470 DE 1970
(marzo 31)
Diario Oficial No. 33.055 de 16 de abril de 1970

Por el cual se aclara el artículo 2o del Decreto 900 de 1969.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confirió la Ley 16 de 1968, atendido el concepto de la Comisión Asesora que la misma establece,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Aclárase el artículo 2o del Decreto 900 del 31 de mayo de 1969, sobre composición de los despachos judiciales y del Ministerio Público, correspondiente a la distribución territorial de la Administración de Justicia, así:

I DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA

Distrito Judicial de Medellín

Juzgados Superiores

Círculo de Andes

Un Juzgado Superior con:

                                                           Grado

1 Juez

1 Secretario…………………………………………………………………………16

1 Escribiente……………………………………………………………………….. 8

1 Citador……………………………………………………………………………. 5

Círculo de Medellín

Doce Juzgados Superiores cada uno con:

1 Juez

1 Secretario....................................................................................................17

1 Oficial Mayor...............................................................................................14

1 Escribiente 1o............................................................................................... 9

1 Escribiente 2o............................................................................................... 8

1 Citador......................................................................................................... 6

Fiscalía de Juzgado Superior

Circulo de Andes

Una Fiscalía de Juzgado Superior con:

1 Fiscal

1 Auxiliar.........................................................................................................11

Círculo de Medellín

Doce Fiscalías de Juzgado Superior cada uno con:

1 Fiscal

1 Auxiliar……………………………………………………………………………12

ARTÍCULO 2o. El presente Decreto surte efectos legales y fiscales a partir del 1o de septiembre de 1969.

Publíquese y ejecútese.
Dado en Bogotá, D. E., a 31 de marzo 1970.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Justicia,
FERNANDO HINESTROSA.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,
ARISTIDES RODRÍGUEZ.


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