DECRETO 1036 DE 1988
(mayo 24)
Diario Oficial No. 38.349 de 25 de Mayo de 1988

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

Por el cual se hacen algunas modificaciones a la division territorial judicial del pais, y se dictan otras disposiciones.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 30 de 1987, y consultada la Comisión Asesora que ella estableció,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Créase el Circuito Judicial de Apartadó, con sede en dicha ciudad y competencia en los Municipios de Apartadó, Carepa y Chigorodó.

ARTÍCULO 2o. El Circuito Judicial de Turbo, con sede en dicha ciudad, quedará con competencia en los Municipios de: Turbo, Arboletes, Necoclí y San Pedro de Urabá.

ARTÍCULO 3o. Créanse los siguientes juzgados y plantas de personal:

CIRCUITO JUDICIAL DE APARTADO

JUZGADOS DEL CIRCUITO.

PROMISCUOS: Un Juzgado Promiscuo del Circuito con la siguiente planta de personal:

1JuezGrado 17
1SecretarioGrado 10
1Oficial MayorGrado 09
1EscribienteGrado 06
1EscribienteGrado 05
1CitadorGrado 04

LABORALES: Un Juzgado Laboral del Circuito con la siguiente planta de personal:

1JuezGrado 17
1SecretarioGrado 10
1Oficial MayorGrado 09
1EscribienteGrado 06
1CitadorGrado 04

JUZGADOS MUNICIPALES.

PENALES: En cada uno de los dos Juzgados Penales Municipales existentes créanse los siguientes cargos:

1Oficial MayorGrado 08
1EscribienteGrado 05

CIVILES: En el Juzgado Civil Municipal créanse los siguientes cargos:
1Oficial MayorGrado 08
1EscribienteGrado 05

CIRCUITO JUDICIAL DE TURBO

JUZGADOS DEL CIRCUITO.

LABORALES: En el Juzgado Laboral del Circuito existente créase el cargo de:

1Oficial MayorGrado 09

JUZGADOS MUNICIPALES.

PENALES: En cada uno de los dos Juzgados Penales Municipales existentes créase el siguiente cargo:

1EscribienteGrado 05

CIVILES: En el Juzgado Civil Municipal existente créanse los siguientes cargos:

1Oficial MayorGrado 08
1EscribienteGrado 06

ARTÍCULO 4o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 24 de mayo de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Justicia,
ENRIQUE LOW MURTRA.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.


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