DECRETO 2942 DE 1990
(diciembre 11)
Diario Oficial No. 39.599, de 11 de diciembre de 1990
<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto 1038 de 1984, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 1038 de 1984, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional;

Que mediante Decreto 2894 de 1990, se adoptaron disposiciones para la tramitación de los Certificados de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes y sobre la composición del Consejo Nacional de Estupefacientes;

Que es necesario adicionar la composición del Consejo Nacional de Estupefacientes contenida en el artículo 9o del Decreto 2894 de 1990,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Adiciónase la composición del Consejo Nacional de Estupefacientes, contenida en el artículo 9o del Decreto 2894 de 1990, con los siguientes miembros:

7. El Procurador General de la Nación o el Procurador Delegado para la Policía Judicial.

8. El Director del Departamento Administrativo de Seguridad.

9. El Director General de la Policía Nacional.

ARTÍCULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y suspende las normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. E., a 11 de diciembre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Gobierno,
JULIO CESAR SANCHEZ.

El Ministro de Relaciones Exteriores,
LUIS FERNANDO JARAMILLO CORREA.

El Ministro de Justicia,
JAIME GIRALDO ANGEL.

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro,
LUIS FERNANDO RAMIREZ ACUÑA.

El Ministro de Defensa Nacional
General OSCAR BOTERO RESTREPO.

La Ministra de Agricultura,
MARIA DEL ROSARIO SINTES ULLOA.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
FRANCISCO POSADA DE LA PEÑA.

El Ministro de Salud,
CAMILO GONZALEZ POSSO.

El Ministro de Desarrollo Económico,
ERNESTO SAMPER PIZANO.

El Ministro de Minas y Energía,
LUIS FERNANDO VERGARA MUNARRIZ.

El Ministro de Educación Nacional,
ALFONSO VALDIVIESO SARMIENTO.

El Ministro de Comunicaciones,
ALBERTO CASAS SANTAMARIA.

El Ministro de Otras Públicas y Transporte,
JUAN FELIPE GAVIRIA GUTIERREZ.


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