DECRETO 0072 DE 1990
(enero 4)
Diario Oficial No. 39.130, de 4 de enero de 1990

<NOTAS DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 5 del Decreto 114 de 1991>

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD-DAS

Por el cual se establece la escala de remuneración para los empleos del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1989,

DECRETA:

ARTICULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 5 del Decreto 114 de 1991> A partir del 1o. de enero de 1990, establécese la siguiente escala de remuneración para los empleos del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS.

GRADOASIGNACION BASICA
01$ 61.500
0270.150
0378.750
0488.600
05102.100
06111.950
07117.600
08121.200
09130.800
10140.400
11150.000
12159.600
13169.200
14178.800
15189.600
16199.200
17213.600
18226.800
19291.600
20304.800
21343.200
22378.000
23415.200
24453.600
25492.000

ARTICULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 5 del Decreto 114 de 1991> En la escala de remuneración fijada en el artículo anterior, la primera columna señala los grados de remuneración, la segunda columna indica la asignación básica mensual establecida para cada grado.

ARTICULO 3o. <Decreto derogado por el artículo 5 del Decreto 114 de 1991> A partir del 1o. de enero de 1990, el incremento de salario por antiguedad que venían recibiendo algunos funcionarios a quienes se aplica este decreto, en virtud de lo dispuesto en los Decretos Extraordinarios 1042 de 1978 y 10 de 1989, se reajustará en el mismo porcentaje en que se incremente su asignación básica mensual de acuerdo con la siguiente escala:

ASIGNACION BASICA 1989PORCENTAJE %
Desde $ 32.900 Hasta $ 37.50026
Desde 37.501 Hasta 97.65023
Desde 97.651 en adelante20

Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos se desecharán.

ARTICULO 4o. <Decreto derogado por el artículo 5 del Decreto 114 de 1991> El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1990.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de enero de 1990.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.

El Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS,
Brigadier General MIGUEL ALFREDO MAZA MARQUEZ.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
WILLIAM RENE PARRA GUTIERREZ.


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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
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