DECRETO 120 DE 1988
(enero 20)
Diario Oficial No. 38.186 de 20 de Enero de 1988

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Por el cual se modifica la nomenclatura y se fija la asignacion basica mensual de algunos funcionarios de seguridad social al servicio del instituto de seguros sociales y se dictan otras disposiciones.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que confiere la Ley 55 de 1987,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Suprímense las siguientes denominaciones de la nomenclatura de cargos vigente para el Instituto de Seguros Sociales:

DENOMINACIONCLASEGRADO
Asistente de Dirección General --43
Director de Unidad Programática Institucional--44
Director de Unidad Programática Local I38
 II40
 III42
Jefe del Departamento de Unidad Programática Institucional--40
Jefe de División del Nivel NacionalIII39
Jefe de Oficina Nacional--50
Jefe de Servicio de Unidad Programática Institucional--40
Secretario General Seccional--42
Subgerente Seccional--41

ARTÍCULO 2o. Créanse las siguientes denominaciones de cargos del Instituto de Seguros Sociales:

DENOMINACIONCLASE
Asistente de Dirección General--
Director de Unidad Programática Institucional--
Director de Unidad Programática LocalI
 II
 III
Jefe de Departamento de Unidad Programática Institucional--
Jefe de División del Nivel Nacional--
Jefe de Oficina Nacional--
Jefe de Servicio de Unidad Programática Institucional--
Secretario General Seccional--
Subgerente Seccional--

ARTÍCULO 3o. Para la aplicación de lo dispuesto en el artículo anterior, establécense las siguientes equivalencias en la Planta de Personal vigente a la fecha de expedición del presente Decreto:

NOMENCLATURA SEGUN PLANTAEQUIVALENCIA

Asistente de Dirección General--43ASISTENTE DE DIRECCIÓN GENERAL
DIRECTOR DE UNIDAD PROGRAMATICA INSTITUCIONAL--44DIRECTOR DE UNIDAD PROGRAMATICA INSTITUCIONAL 
DIRECTOR DE UNIDAD PROGRAMATICA LOCALI38 DIRECTOR DE UNIDAD PROGRAMATICA LOCAL I
 II40 II
 III42 III
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE UNIDAD PROGRAMATICA INSTITUCIONAL--40JEFE DE DEPARTAMENTO DE UNIDAD PROGRAMATICA INSTITUCIONAL 
JEFE DE DIVISION DEL NIVEL NACIONALIII39JEFE DE DIVISION DEL NIVEL NACIONAL 
JEFE DE OFICINA NACIONAL--50JEFE DE OFICINA NACIONAL 
JEFE DE SERVICIO DE UNIDAD PROGRAMATICA INSTITUCIONAL--40PROGRAMATICA INSTITUCIONAL 
SECRETARIO GENERAL SECCIONAL--42SECRETARIO GENERAL SECCIONAL 
SUBGERENTE SECCIONAL--41SUBGERENTE SECCIONAL 

ARTÍCULO 4o. Establécense a partir del 1o. de enero de 1988 las siguientes asignaciones básicas mensuales para los cargos de que trata el artículo 3o. del presente Decreto:

DENOMINACION ASIGNACION BASICA MENSUAL $
Asistente de Dirección General 254.147
Director de Unidad Programática Institucional 259.604
Director de Unidad Programática LocalI221.499
 II238.647
 III249.102
Jefe de Departamento de Unidad Programática Institucional 238.647
Jefe de División del Nivel Nacional 231.309
Jefe de Oficina Nacional 283.123
Jefe de Servicio de Unidad Programática Institucional 238.647
Secretario General Seccional 249.102
Subgerente Seccional 242.224

ARTÍCULO 5o. Los funcionarios señalados en el artículo 3o. del presente Decreto, conservarán su calidad de funcionarios de Seguridad Social para todos los efectos legales, pero su remuneración se fijará con los mismos mecanismos previstos para los empleados públicos.

ARTÍCULO 6o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1988.

Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 20 de enero de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
DIEGO YOUNES MORENO.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JOAQUIN BARRETO RUIZ.


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