DECRETO 1226 DE 1987
(julio 2)
Diario Oficial No. 37.947 de 2 de Julio de 1987

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL

Por el cual se aumentan las asignaciones basicas de los empleados publicos de la corporacion autonoma regional del Cauca --CVC-- que se vieron afectados por la eliminacion de rentas exentas.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el numeral 3° del artículo 90 de la Ley 75 de 1986,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. La asignación básica mensual de los empleados públicos de la Corporación Autónoma Regional del Cauca --CVC-- que se rigen por la escala de remuneración del Nivel Ejecutivo ser la siguiente:

ESCALA DEL NIVEL EJECUTIVO
GRADOSCATEGORIAS
 ABCDEF
1104.505113.565123.665135.247147.226158.557
2123.665135.247147.226158.557168.914178.768
3147.226158.557168.914178.768189.443201.574

ARTÍCULO 2o. La asignación básica mensual del Director Ejecutivo de la Corporación Autónoma Regional del Cauca --CVC–será de doscientos treinta y siete mil quinientos sesenta y tres pesos ($ 237.563).

ARTÍCULO 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modificada la escala de remuneración del Nivel Ejecutivo de que trata el artículo 1o. y deroga el artículo 4o. del Decreto extraordinario 197 de 1987 y surte efectos fiscales a partir del 1o. de marzo de 1987.

Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 2 de julio de 1987.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.

La Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
MARIA MERCEDES DE MARTINEZ.

El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JOAQUIN BARRETO RUIZ.


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