DECRETO 202 DE 1987
(enero 27)
Diario Oficial. No. 37.765 de 27 de enero de 1987
<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>
Por el cual se asignan unas remuneraciones.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1986,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. A partir de la vigencia del presente Decreto el personal del Ministerio de Defensa, de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, que presten sus servicios en la Casa Militar del Palacio Presidencial, percibirán una asignación mensual adicional equivalente al 60% del sueldo básico mensual que devenguen de acuerdo con sus respectivos grados.
Parágrafo. La asignación mensual adicional de que trata el presente artículo no se computará como factor de liquidación de ninguna prestación social y tendrá el carácter de gastos de representación.
ARTÍCULO 2o. Los gastos que por concepto de la asignación creada en este Decreto se causen, serán cancelados con cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
El régimen prestacional del personal citado en el artículo 1o, continuará siendo atendido por los organismos competentes de acuerdo con las normas legales vigentes.
ARTÍCULO 3o. El presente Decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 27 de enero de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
CESAR GAVIRIA TRUJILLO.
El Ministro de Defensa Nacional,
General
RAFAEL SAMUDIO MOLINA.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
DIEGO YOUNES MORENO.
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