DECRETO 169 DE 1984
(enero 26)
Diario Oficial No. 36.483 de 9 de Febreo de 1984
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Por el cual se establece la escala de remuneración de los empleos del área técnico-científica del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras, INGEOMINAS.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 52 de 1983,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. A partir del 1o. de enero de 1984, establécese la siguiente escala de remuneración para los empleos del área técnico-científica del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras, INGEOMINAS.
Grado | Asignación básica |
01 | $ 51.550 |
02 | 54.300 |
03 | 57.600 |
04 | 60.200 |
05 | 63.350 |
06 | 68.400 |
07 | 71.850 |
08 | 77.000 |
09 | 82.050 |
10 | 83.500 |
ARTÍCULO 2o. En la escala de remuneración fijada en el artículo anterior, la primera columna señala los grados de remuneración, la segunda columna indica la asignación básica mensual establecida para cada grado.
ARTÍCULO 3o. A partir del 1o. de enero de 1984, reajústase en un dieciocho punto cinco por ciento (18.5%) el incremento de salario por antigüedad que venían percibiendo algunos funcionarios a quienes se aplica este Decreto en virtud de lo dispuesto en los Decretos extraordinarios 1042 de 1978, 305 de 1981 y 270 de 1983.
Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se desecharán.
ARTÍCULO 4o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1984.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 26 de enero de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,
FLORÁNGELA GÓMEZ DE ARANGO.
El Ministro de Minas y Energía,
CARLOS MARTÍNEZ SIMAHÁN.
El Jefe de Departamento Administrativo del Servicio Civil,
ERICINA MENDOZA SALADÉN.
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