DECRETO 276 DE 1982
(enero 29)
Diario Oficial No. 35.949 de 19 Febrero de 1982

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL

Por el cual se reajusta el incremento de salario por antigüedad para los empleados de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se dictan otras disposiciones.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 80 de 1981,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. A partir del 1º de enero de 1982, reajústase en un veintiséis por ciento 26%) el incremento de salario por antigüedad que venían percibiendo algunos funcionarios de la Registraduría Nacional del Estado Civil en virtud de lo dispuesto en el Decreto extraordinario 897 de 1978, y demás disposiciones que lo modifican o adicionan,

ARTÍCULO 2o. El auxilio de transporte a que tienen derecho los empleados de la Registraduría Nacional del Estado Civil, se continuará reconociendo y pagando en los mismos términos y cuantía que el Gobierno establezca para los trabajadores particulares.

ARTÍCULO 3o. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a enero 29 de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Gobierno,
JORGE MARIO EASTMAN

El Ministro de Hacienda y Crédito Publico, encargado,
JAVIER FERNÁNDEZ RIVAS

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,


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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
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