DECRETO 1215 DE 1978
(junio 28)
Diario Oficial No. 35.054 del 13 de julio de 1978

<NOTA DE VIGENCIA: El presente Decreto surte efectos fiscales a partir del primero (1o) de enero de 1978>

Por el cual se fija la remuneración del personal docente de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 5ª de 1978,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado tácitamente por los Artículos 4o., 5o., 6o. y 7o. de la Ley 4 de 1992>

ARTÍCULO 2o. El presente Decretó rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del primero (1o) de enero de 1978.

Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 26 de junio de 1978.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ALFONSO PALACIO RUDAS

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado;


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