DECRETO 53 DE 1990
(enero 4)
Diario Oficial No 39.130, de 4 de enero de 1990
<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Por el cual se fija la remuneración del personal docente de la Escuela Superior de Administración Pública - ESAP- y se dictan otras disposiciones.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1989,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. A partir del 1o de enero de 1990, el valor del punto que sirve de base para determinar la remuneración mensual de los empleados públicos docentes de la Escuela Superior de Administración Pública -ESAP- será de un mil trescientos treinta y ocho pesos ($1.338) moneda corriente. En el valor de dicho punto el cincuenta por ciento (50%) corresponderá a salario básico y cincuenta por ciento (50%) a gastos de representación.
ARTÍCULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1o de enero de 1990 y deroga en lo pertinente el Decreto-ley 12 de 1989.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.E., a 4 de enero de 1990.
VIRGILIO BARCO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
WILLIAM RENE PARRA GUTIERREZ.
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