DECRETO 695 DE 1975
(abril 14)
Diario Oficial No. 34.317 del 16 de mayo de 1975

<NOTA DE VIGENCIA: En criterio del Editor el presente Decreto no se encuentra vigente por carencia de objeto>

Por el cual sé adiciona un artículo del Decreto número 356 de 1975.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere la Ley de 1973,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Adiciónase el.artículo 20 del Decreto 356 de 1975 con el siguiente parágrafo: "Cuando, los hospitales a que se refiere este artículo sean Hospitales Universitarios, el nombramiento del Director se hará en los términos del Decreto 056 de 1975".

ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.
Dado en-Bogotá, D. E., a 14 de abril de 1975-.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

Ministro de Salud Pública.


Página Principal | Menú General de Leyes 1968 a 1991 | Menú General de Leyes 1992 en adelante | Proceso legislativo | Antecedentes de Proyectos
Gaceta del Congreso | Diario Oficial | Consultas y Opiniones
 
Cámara de Representantes de Colombia | Información legislativa www.camara.gov.co
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor y forma de presentación están protegidas por las normas de derecho de autor. En relación con éstas, se encuentra prohibido el aprovechamiento comercial de esta información y, por lo tanto, su copia, reproducción, utilización, divulgación masiva y con fines comerciales, salvo autorización expresa y escrita de Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Para tal efecto comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.