DECRETO 2920 DE 1968
(noviembre 28)
Diario Oficial No. 32.674 del 18 de diciembre de 1968
MINISTERIO DE GOBIERNO
Por el cual se reforma la organización administrativa del Distrito Especial de Bogotá.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 33 de 1968, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 199 de la Constitución Nacional ordena que la Ciudad de Bogotá se organice como un Distrito Especial sin sujeción al régimen municipal ordinario dentro de las condiciones que fije la Ley;
Que el artículo 13 de la Ley 33 de 1968, de conformidad con el numeral 12 del artículo 76 de la Constitución Nacional revistió al Presidente de la República de facultades extraordinarias hasta el 31 de diciembre del 1968 para “Reformar la organización administrativa del Distrito Especial de Bogotá, a fin de adecuarla a los requerimientos básicos de su desarrollo”.
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. <Ver Notas del Editor> El Tesorero y demás empleados de la Tesorería del Distrito Especial de Bogotá, son de libre nombramiento y remoción por el Alcalde Mayor.
ARTÍCULO 2o. Deróganse todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.
ARTÍCULO 3o. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dada en Bogotá, D.E., a 28 de noviembre de 1968.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
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