LEY 58 DE 1989
(noviembre 15)
Diario Oficial No. 39.064 de 15 de noviembre de 1989

<NOTAS DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley no se encuentra vigente por agotamiento de objeto>

Por medio de la cual se destina una partida para la realización de obras públicas en la ciudad de Manizales

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Destínase la suma de un mil millones de pesos ($1.000.000.000.00) moneda corriente, para la construcción de la obra denominada "Variante Norte de Manizales" (Avenida del Río-Conexión Sultana El Cable) dispuesta por medio de Acuerdo Municipal número 31 de enero 18 de 1979, proferido por el honorable Concejo Municipal de Manizales.

ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> El excedente de dicha suma se utilizará en la construcción de obras de infraestructura en el mismo Municipio.

ARTÍCULO 3o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> El Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación incluirán dicha partida en la primera y siguiente adición presupuestal que se disponga, después de la vigencia de la presente Ley, o, en su defecto en el Proyecto de Presupuesto para la vigencia del año 1991.

PARÁGRAFO. El Gobierno queda facultado para hacer los traslados presupuestales necesarios para el cumplimiento de esta Ley.

ARTÍCULO 4o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

Dada en Bogotá, D. E., a los...

El Presidente del honorable Senado de la República,
LUIS GUILLERMO GIRALDO HURTADO

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
NORBERTO MORALES BALLESTEROS

El Secretario General del honorable Senado de la República,
CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
LUIS LORDUY LORDUY.

República de Colombia - Gobierno Nacional.
Publíquese y ejecútese. Bogotá, D. E., noviembre 15 de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Gobierno,
CARLOS LEMOS SIMMONDS.

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS BERNARDO FLÓREZ ENCISO.


Página Principal | Menú General de Leyes 1968 a 1991 | Menú General de Leyes 1992 en adelante | Proceso legislativo | Antecedentes de Proyectos
Gaceta del Congreso | Diario Oficial | Consultas y Opiniones
 
Cámara de Representantes de Colombia | Información legislativa www.camara.gov.co
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor y forma de presentación están protegidas por las normas de derecho de autor. En relación con éstas, se encuentra prohibido el aprovechamiento comercial de esta información y, por lo tanto, su copia, reproducción, utilización, divulgación masiva y con fines comerciales, salvo autorización expresa y escrita de Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Para tal efecto comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.