LEY 13 DE 1989
(enero 11)
Diario Oficial No. 38.652 de 12 de Enero de 1989

Por la cual se modifica el artículo 12 de la Ley 60 de 1981.

EL CONGRESO DE COLOMBIA,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Artículo INEXEQUIBLE>

ARTÍCULO 2o. La presente Ley rige a partir de su sanción, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Dada en Bogotá, D. E., a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y ocho (1988).

El Presidente del honorable Senado de la República,
ANCIZAR LOPEZ LOPEZ

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR

El Secretario General del honorable Senado de la República,
CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
LUIS LORDUY LORDUY.

República de Colombia - Gobierno Nacional.
Publíquese y ejecútese. Bogotá, D. E., 11 de enero de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Desarrollo Económico,
CARLOS ARTURO MARULANDA RAMÍREZ.

El Ministro de Educación Nacional,
MANUEL FRANCISCO BECERRA BARNEY.


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