LEY 54 DE 1986
(octubre 27)
Diario Oficial No. 37.696 de 31 de octubre de 1986

<NOTAS DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley no se encuentra vigente por agotamiento de objeto>

Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1986 por valor de $ 2.800.000.000.00

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital en la cantidad de dos mil ochocientos millones de pesos ($ 2.800.000.000.00), que con base en el Certificado de Disponibilidad número 50 de agosto 6 de 1986 por valor de $ 2.800.000.000.00 expedido por el Contralor General de la República se incorpora así:

Se omiten cuadros

ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Con base en los recursos de que trata el artículo anterior ábrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1986, así:

Se omiten cuadros

ARTÍCULO 3o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Las ayudas educativas correspondientes a las apropiaciones signadas por congresistas en el Icetex, cubrirán los siguientes rubros en los diferentes niveles educativos:

a) Matrículas y costos académicos hasta diez (10) salarios mínimos;

b) Sostenimiento personal hasta diez (10) salarios mínimos;

c) Libros y materiales de estudio hasta un (1) salario mínimo;

d) Gastos de tesis hasta diez (10) salarios mínimos;

e) Derechos de grado hasta por los valores certificados por el respectivo centro docente.

Las ayudas educativas para los estudios en el exterior estarán sujetas a la reglamentación existente expedida para tal efecto por el Icetex.

Este artículo deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente las contempladas en el Decreto número 2482 del 1 de agosto de 1986.

ARTÍCULO 4o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a los … días del mes de … de mil novecientos ochenta y seis (1986)

El Presidente del honorable Senado de la República,
HUMBERTO PELÁEZ GUTIÉRREZ

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
ROMAN GOMEZ OVALLE

El Secretario del honorable Senado de la República,
CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS

El Secretario de la honorable Cámara de Representantes,
LUIS LORDUY LORDUY

República de Colombia – Gobierno Nacional
Publíquese y ejecútese.
Bogotá D. E., 27 de octubre de 1986.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público


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