LEY 102 DE 1985
(Noviembre 22)
Diario Oficial No. 37.250 de 28 de Noviembre de 1985n

<NOTAS DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley se encuentra sin vigencia por agotamiento de su objeto>

Por la cual se incorporan al Plan Vial Nacional unas carreteras en la Intendencia Nacional del Putumayo

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Incorporase al Plan Vial Nacional, a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Transporte las siguientes carreteras, en la Intendencia Nacional de Putumayo:

a) Santa Ana-El Tigre-La Hormiga-La Dorada-San Miguel;

b) Carretera Circunvalar del Valle de Sibundoy-San Francisco-San Andrés-Santiago.

c) La Hormiga-El Placer-Siberia.

ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y cinco (1985).

El Presidente del honorable Senado de la República,
ALVARO VILLEGAS MORENO

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
CESAR PEREZ GARCIA

El Secretario General del honorable Senado de la República,
Crispín Villazón de Armas.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Julio Enrique Olaya Rincón.

República de Colombia Gobierno Nacional
Publíquese y ejecútese. Bogotá, D. E., 22 de noviembre de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hugo Palacios Mejía.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,


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Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
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