LEY 35 DE 1984
(noviembre 19)
Diario Oficial No. 36.797 de 26 de noviembre de 1984

<NOTAS DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley no se encuentra vigente por agotamiento de objeto>

Por medio de la cual se destinan unas partidas del presupuesto nacional a unas obras de interés público en el Departamento del Tolima

EL CONGRESO DE COLOMBIA,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Destinase en el Presupuesto Nacional las siguientes partidas para obras de interés público en el Departamento del Tolima.

Instituto Nacional de Fomento Municipal (Insfopal).

Para la Empresa de Obras Sanitarias de Ibagué (Empoibagué),con destino al Plan Maestro de Acantarillado de la ciudad de Ibagué
$150.000.000
Empresa de Obras Sanitarias del Tolima (Empolima), con destino a construcción del acueducto por gravedad del municipio de Venadillo$ 40.000.000
Con destino ampliación acueducto Municipio de Melgar$ 40.000.000
Con destino ampliación acueducto Municipio de Flandes.$ 40.000.000
Con destino ampliación acueducto Municipio de Alvarado$ 30.000.000
----------- TOTAL$300.000.000

ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> El Gobierno queda facultado para realizar los créditos y contracréditos que sean necesarios a fin de incorporar estas partidas en el presupuesto nacional.

ARTÍCULO 3o. La presente ley rige desde la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y cuatro (1984).

El Presidente del honorable Senado de la República,
JOSE NAME TERAN

El Secretario del honorable Senado de la República,
Crispín Villazón de Armas.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
DANIEL MAZUERA GOMEZ.

El Secretario de la honorable Cámara de Representantes,
Julio Enrique Olaya Rincón.

REPUBLICA DE COLOMBIA GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y ejecútese. Bogotá, D. E., 19 de noviembre de 1984.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Publico,
Roberto Junguito Bonnet.

El Ministro de Salud Pública,


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