LEY 69 DE 1983
(diciembre 30)
Diario Oficial No. 36.448 de 16 de enero de 1984

<NOTAS DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley no se encuentra vigente por agotamiento de objeto>

Por medio de la cual la Nación se asocia a los 25 años de erección de la Diócesis Sonsón-Rionegro en el Departamento de Antioquia

EL CONGRESO DE COLOMBIA

en uso de sus atribuciones constitucionales,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> La Nación Colombiana festeja a la benemérita Diócesis de Sonsón-Rionegro, en el Departamento de Antioquia al cumplirse los 25 años de su erección canónica.

ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Sendas placas de mármol serán colocadas en las catedrales de Sonsón y Rionegro, con la siguiente leyenda:

El Congreso y el Gobierno colombianos a la benemérita Diócesis de Sonsón-Rionegro en sus Bodas de Plata.

ARTÍCULO 3o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Destinase la suma de 30 millones de pesos como contribución de la Nación para la adquisición y/o construcción y/o dotación de las sedes de la Fundación Universitaria Católica de Oriente en los municipios antioqueños de la Ceja, Rionegro y El Santuario, por partes iguales, y la suma de 10 millones con la misma destinación, para el Seminario Diocesano de Marinilla.

ARTÍCULO 4o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Facultase al Gobierno Nacional para que haga traslados presupuestales, abra los créditos y contracréditos necesarios para el cumplimiento del artículo anterior.

ARTÍCULO 5o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Esta Ley rige desde su promulgación.

Dada en Bogotá, D. E., a los... días del mes... de mil novecientos ochenta y tres.

El Presidente del honorable Senado de la República,
CARLOS HOLGUIN SARDI

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Secretario General del Senado de la República,
CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS.

El Secretario General de la Cámara de Representantes,
JULIO ENRIQUE OLAYA RINCÓN.

República de Colombia, Gobierno Nacional. Publíquese y ejecútese. Bogotá, D. E., 30 de diciembre de 1983.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
EDGAR GUTIÉRREZ CASTRO.

El Ministro de Educación Nacional,
RODRIGO ESCOBAR NAVIA.


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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
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