DECRETO 123 DE 1991
(enero 14)
Diario Oficial No. 39.627, de 14 de enero de 1991

<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>

MINISTERIO DE COMUNICACIONES

Por el cual se fija el valor del subsidio de alimentación como remuneración en especie para los empleados de Caprecom.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 1o de la Ley 60 de 1990,

DECRETA:

ARTICULO 1o. A partir del 1° de enero de 1991, reconócese como remuneración en especie la alimentación que la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, suministra a sus empleados que trabajan en jornada completa y continua.

Para efectos de determinar el valor de la alimentación prevista en este Decreto se fija la suma de trescientos veintiún pesos ($321.00) moneda corriente diarios.

Los empleados que por razón del servicio no pueden recibir la alimentación a que se refiere el presente artículo o la entidad no se la puede suministrar, tendrán derecho a que se les pague un subsidio de alimentación equivalente a trescientos veintiún pesos ($321.00) moneda corriente por cada día hábil laborado.

ARTICULO 2o. No tendrán derecho al subsidio de alimentación, los funcionarios que devenguen una asignación básica mensual superior a ciento cuarenta y siete mil ciento cincuenta pesos ($147.150) moneda corriente.

Cuando el funcionario se encuentre en uso de licencia o en disfrute de vacaciones, tendrá derecho al reconocimiento y pago del subsidio de alimentación, en forma proporcional al tiempo servido durante el mes.

ARTICULO 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1991 y deroga el Decreto-ley 67 de 1990.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.E., a 14 de enero de 1991.

CESAR GAVIRIA

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO RAMIREZ ACUÑA.

El Ministro de Comunicaciones,
ALBERTO CASAS SANTAMARIA.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.


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