DECRETO 59 DE 1990
(enero 4)
Diario Oficial No 39.130, de 4 de enero de 1990
<NOTAS DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 3 del Decretro 102 de 1991>.
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
POR EL CUAL SE FIJA LA REMUNERACION DE LOS EMPLEOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS MAYORES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA SALARIAL.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1989,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado por el Artículo 3 del Decretro 102 de 1991>Mientras se da cumplimiento a la organización administrativa de los Colegios Mayores prevista en el Decreto Extraordinario 758 de 1988, el personal Directivo de tales organismos devengará las siguientes asignaciones básicas mensuales, a partir del 1o. de enero de 1990.
Rector | $ 192.550 |
Director de Escuela | 149.550 |
PARAGRAFO. Cuando el personal Directivo a que se refiere este artículo estuviere inscrito en el Escalafón Nacional Docente, podrá optar por la anterior remuneración o por el salario que le corresponda según el grado que acredite más el porcentaje por el ejercicio del cargo. Para este último efecto el cargo de Rector de Colegio Mayor equivale al de Rector de Establecimiento de Educación Media Vocacional y el de Director de Escuela al de Coordinador de dichos establecimientos.
ARTÍCULO 2o. <Artículo derogado por el Artículo 3 del Decretro 102 de 1991> A partir del 1o. de enero de 1990, los docentes de las instituciones a que se refiere el presente decreto, vinculados por el sistema de hora-cátedra, tendrán la siguiente asignación básica por cada hora de clase dictada:
Con título universitario | $ 1.290 |
Sin título universitario | 820 |
ARTÍCULO 3o. <Artículo derogado por el Artículo 3 del Decretro 102 de 1991> El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto-ley 15 de 1989 y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1990.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.E., a 4 de enero de 1990
VIRGILIO BARCO
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Ministro de Salud Encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Educación Nacional,
EDUARDO DIAZ URIBE.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
WILLIAM RENE PARRA GUTIERREZ.
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