DECRETO 54 DE 1990
(enero 4)
Diario Oficial No 39.130, de 4 de enero de 1990

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el Artículo 3 del Decçreto 110 de 1991>.

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Por el cual se fija el valor del punto para el personal técnico-científico del Instituto Geográfico "Agustín Aodazzi".

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1989,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Decreto derogado por el Artículo 3 del Decreto 110 de 1991> A partir del 1o. de enero de 1990, el valor del punto para el personal Técnico-Científico del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", será de un mil cuarenta y dos pesos ($1.042.00) moneda corriente.

ARTÍCULO 2o. <Decreto derogado por el Artículo 3 del Decreto 110 de 1991> El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto-ley 11 de 1989, y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1990.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de enero de 1990.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
WILLIAM RENE PARRA GUTIERREZ.


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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
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