DECRETO 450 DE 1984
(febrero 23)
Diario Oficial No. 36.531 de 14 de Marzo de 1984
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Por el cual se hacen unas modificaciones a la nomenclatura de empleos de que tratan los Decretos-leyes 712, 1042 y 1044 de 1978.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 52 de 1983,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Suprímese del artículo 27 del Decreto ley 1042 de 1978, la siguiente nomenclatura de empleo:
Denominación | Código | Grado |
Oficial de Catastro | 5130 | 11 |
| 09 |
| | 07 |
ARTÍCULO 2o. Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel directivo, establecida por los Decretos-leyes 712 y 1044 de 1978, así:
Denominación | Código | Grado |
Director General de Escuela Judicial | 0048 | 08 |
ARTÍCULO 3o. Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel asesor, establecida en el artículo 23 del Decreto-ley 1042 de 1978, así:
Denominación | Código | Grado |
Asesor del Consejo Superior del Servicio Civil | 1008 | 04 |
Director de Informática de la Presidencia de la República | 1009 | 04 |
ARTÍCULO 4o. Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel profesional, establecida en el artículo 25 del Decreto-ley 1042 de 1978, así:
Denominación | Código | Grado |
Tecnólogo Especializado | 3090 | 06 |
| | 04 |
| 03 |
ARTÍCULO 5o. Adiciónase a la nomenclatura de empleos del nivel técnico, establecida en el artículo 26 del Decreto-ley 1042 de 1978, así:
Denominación | Código | Grado |
Topógrafo Tecnólogo | 4160 | 10 |
| 09 |
Tecnólogo | 4165 | 10 |
| 09 |
| 08 |
| 07 |
Oficial de Catastro | 4170 | 06 |
| 05 |
| 04 |
ARTÍCULO 6o. Los cargos existentes en las distintas entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, correspondientes a la denominación que se suprime, continuarán vigentes hasta tanto dichas entidades modifiquen sus plantas de personal para ajustarlas a lo dispuesto en este Decreto.
ARTÍCULO 7o. El presente Decreto rige a partir de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 23 de febrero de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
EDGAR GUTIÉRREZ CASTRO.
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
ERICINA MENDOZA SALADÉN.
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