DECRETO 185 DE 1984
(enero 26)
Diario Oficial No. 36.486 de 10 de Febrero de 1984

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL

Por el cual se fija la remuneración del personal docente de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 52 de 1983,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. El valor del punto que sirve de base para determinar la remuneración de los empleados públicos docentes de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, será de cuatrocientos cincuenta y nueve pesos ($ 459).

ARTÍCULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1984.

Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 26 de enero de 1984.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,
FLORÁNGELA GÓMEZ DE ARANGO.

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,


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