DECRETO 2691 DE 1983
(septiembre 21)
Diario Oficial No. 36.340 de 19 de Octubre de 1983
Por el cual se establece el Presupuesto inicial de Rentas e Ingresos y el de gastos de funcionamiento e inversión de la apropiación para la Reconstrucción y Desarrollo del Cauca en la vigencia fiscal de 1983 por la suma de doscientos noventa y dos millones de pesos ($ 292.000.000.00) moneda corriente.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 13 y 17 de la Ley 11 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que se obtuvieron recursos iniciales por un valor de doscientos noventa y dos millones de pesos ($ 292.000.000) moneda corriente, y
Que se debe establecer el Presupuesto de Rentas y Gastos para la presente vigencia con apropiaciones del Presupuesto Nacional por la suma de sesenta millones de pesos ($ 60.000.000) moneda corriente, recursos del crédito interno por la suma de doscientos millones de pesos ($ 200.000.000.00) moneda corriente, y aportes de otras entidades por la suma de treinta y dos millones de pesos ($ 32.000.000.00) moneda corriente,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Establécese el Presupuesto de Rentas y Gastos de la Corporación para la Reconstrucción y Desarrollo del Cauca en la suma de doscientos noventa y dos millones de pesos ($ 292.000.000) moneda corriente, para la vigencia de 1983, así:
Se omiten cuadros
ARTÍCULO 2o. Establécese el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento en la suma de veintitrés millones de pesos ($ 23.000.000) moneda corriente, así:
Se omiten cuadros
ARTÍCULO 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su sanción.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 21 de septiembre de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público. (E)
FLORÁNGELA GÓMEZ DE ARANGO
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
ALFONSO OSPINA OSPINA
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación
JORGE OSPINA SARDI.
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