DECRETO 1256 DE 1983
(abril 27)
Diario Oficial No. 36.258 de 20 de mayo de 1983
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Por el cual se promulga un tratado internacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en uso de sus facultades constitucionales, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 7a del 30 de noviembre de 1944, en su articulo 2° ordena la promulgación de los Tratados y Convenios Internacionales tan pronto como sea perfeccionado el vinculo internacional que ligue a Colombia.
Que el 8 de junio de 1979 se suscribió en México el "Convenio básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos", Instrumento Internacional que fue aprobado mediante la Ley 20 de 25 de agosto de 1980, publicado en el Diario Oficial número 35594 y que entró en vigor para Colombia desde el 6 de marzo de 1981 fecha del canje de los instrumentos de ratificación.
Que de conformidad con el literal d) del articulo 44 del Decreto-ley 2017 de 1968, "orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores", no es necesario reproducir en el Decreto de promulgación de un Tratado o Convenio Internacional el texto integro del mismo, si ya ha sido publicado en el Diario Oficial como parte de la ley aprobatoria,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO. Declarase vigente para Colombia desde el 6 de marzo do 1981 el "Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos", suscrito en México el 8 de junio de 1979.
ARTICULO SEGUNDO. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogota, D. E., a 27 de abril de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Relaciones Exteriores,
RODRIGO LLOREDA CAICEDO
|