DECRETO 296 DE 1983
(febrero 7)
Diario Oficial No. 36.194 de 16 de Febrero de 1983

MINISTERIO DE JUSTICIA

Por el cual se establece unas equivalencias en la Rama Jurisdiccional.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 57 de 1982,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. A partir del 19 de enero de 1983, establece para la Rama Jurisdiccional las siguientes equivalencias de empleos:

Situación ActualEquivalencias
Citadores Grado 3, de los Tribunales Superiores de Distrito JudicialCitadores Grado 4
Citadores Grado 3, de los Tribunales Contencioso AdministrativosCitadores Grado 4
Citador Grado 3, del Tribunal
Superior de Aduanas
Citador Grado 4

ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1983.

Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá. D. E., a 7 de febrero de 1983.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Justicia,
BERNANRDO GAITÁN MAHECHA.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
EDGAR GUTIÉRREZ CASTRO.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil.
ERICINA MENDOZA SALADÉN.


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