DECRETO 2260 DE 1982
(agosto 2)
Diario Oficial No. 36.076 de 27 de Agosto de 1982

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION Y SERVICIOS TECNICOS
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1441 de 24 de mayo de 1982.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas por la Ley 73 de 1981,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. El parágrafo 2o. del artículo 4o. del Decreto 1441 de 1982 quedará así:

"Parágrafo 2o. Recibido el documento de constitución de que trata el parágrafo precedente o, si no ha existido Iiga provisional, la solicitud de reconocimiento a que se refiere el primer inciso del presente artículo, la autoridad que deba efectuar el reconocimiento procederá a verificar la existencia de otra liga que tenga propósito iguales o similares a los de aquélla a que se refiere el documento o la solicitud que se haya presentado; en caso afirmativo, se hará saber tal circunstancia al representante legal, para que los interesados, si así lo deciden, se integren a la liga previamente reconocida, lo cual no obsta para que se puedan reconocer dentro del territorio a que se refiere la solicitud dos (2) ligas con propósitos iguales o similares siempre que no correspondan a la misma exclusiva porción territorial. Los Alcaldes deberán expedir la resolución de reconocimiento definitivo en un lapso no mayor de sesenta (60) días".

ARTÍCULO 2o. El literal a) del artículo 10 del Decreto 1441 de 1982 quedará así:

“a) La eficacia de los organismos y entidades que establece la ley para la defensa del consumidor, así como por la eficacia de los funcionarios de dichos organismos y entidades”.

ARTÍCULO 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 2 de agosto de 1982.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Gobierno,
JORGE MARIO EASTMAN.

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
FEDERICO NIETO TAFUR.


Página Principal | Menú General de Leyes 1968 a 1991 | Menú General de Leyes 1992 en adelante | Proceso legislativo | Antecedentes de Proyectos
Gaceta del Congreso | Diario Oficial | Consultas y Opiniones
 
Cámara de Representantes de Colombia | Información legislativa www.camara.gov.co
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor y forma de presentación están protegidas por las normas de derecho de autor. En relación con éstas, se encuentra prohibido el aprovechamiento comercial de esta información y, por lo tanto, su copia, reproducción, utilización, divulgación masiva y con fines comerciales, salvo autorización expresa y escrita de Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Para tal efecto comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.