DECRETO 277 DE 1982
(enero 29)
Diario Oficial No. 35.949 de 19 Febrero de 1982
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Por el cual se fijan unas asignaciones en el Instituto Nacional de Radio y Televisión -Inravisión-.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 80 de 1981,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. A partir del 1º de enero de 1982 la remuneración mensual del empleo de Director General del Instituto Nacional de Radio y Televisión será la correspondiente al 90% de la remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de representación devenguen los Ministros y Jefes de Departamento Administrativos.
La remuneración del Secretario General y de los Subdirectores será la correspondiente al 80% de la remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de representación devenguen los Ministros y Jefes de Departamento Administrativo.
ARTÍCULO 2o. El cincuenta por ciento (50%) de las remuneraciones mensuales de que trata el artículo anterior, tendrá el carácter de gastos de representación.
ARTÍCULO 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las normas que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1982.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a enero 29 de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Publico, encargado,
JAVIER FERNÁNDEZ RIVAS
El Ministro de Comunicaciones,
ANTONIO ABELLO ROCA
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
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