DECRETO 275 DE 1982
(enero 29)
Diario Oficial No. 35.949 de 19 de Febrero de 1982

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL

Por el cual se fija un auxilio de alimentación a los empleados públicos que prestan sus servicios al Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo -Fonade-.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 80 de 1981,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Los empleados públicos que prestan sus servicios en el Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo -Fonade-, tendrán derecho a un auxilio de alimentación en cuantía de $ 100 diarios, que se pagarán por cada día hábil laborado, a excepción de los funcionarios de los niveles directivo y asesor.

No tendrá derecho a este auxilio el personal que disfrute de vacaciones o se encuentre en uso de licencias.

ARTÍCULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero da 1982.

Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a enero 29 de 1982.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,
JAVIER FERNÁNDEZ RIVAS

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
FEDERICO NIETO TAFUR

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
LAURA OCHOA DE ARDILA


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