DECRETO 275 DE 1982
(enero 29)
Diario Oficial No. 35.949 de 19 de Febrero de 1982
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Por el cual se fija un auxilio de alimentación a los empleados públicos que prestan sus servicios al Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo -Fonade-.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 80 de 1981,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Los empleados públicos que prestan sus servicios en el Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo -Fonade-, tendrán derecho a un auxilio de alimentación en cuantía de $ 100 diarios, que se pagarán por cada día hábil laborado, a excepción de los funcionarios de los niveles directivo y asesor.
No tendrá derecho a este auxilio el personal que disfrute de vacaciones o se encuentre en uso de licencias.
ARTÍCULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero da 1982.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a enero 29 de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,
JAVIER FERNÁNDEZ RIVAS
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
FEDERICO NIETO TAFUR
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
LAURA OCHOA DE ARDILA
|