DECRETO 123 DE 1982
(enero 18)
Diario Oficial No. 35.942 de 10 Febrero de 1982

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL

Por el cual se modifican las asignaciones básicas de algunos servidores del instituto de Seguros Sociales.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 80 de 1981,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. A partir del 1o. de enero de 1982 aumentase la asignación básica mensual en un veintiocho por ciento (28%) a aquellas personas que prestan sus servicios al instituto de Seguros Sociales, que no se encuentran vinculadas a las plantas de personal ni desempeñan actividades propias de los trabajadores oficiales de que trata el artículo 3o. del Decreto extraordinario 1651 de 1977.

ARTÍCULO 2o. El presente Decreto rige á partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1982.

Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de enero de 1982.

JULIO CESAR TURBAY AYALA.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
EDUARDO WIESNER DURÁN.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
MARISTELLA SANIN DE ALDANA.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,


Página Principal | Menú General de Leyes 1968 a 1991 | Menú General de Leyes 1992 en adelante | Proceso legislativo | Antecedentes de Proyectos
Gaceta del Congreso | Diario Oficial | Consultas y Opiniones
 
Cámara de Representantes de Colombia | Información legislativa www.camara.gov.co
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor y forma de presentación están protegidas por las normas de derecho de autor. En relación con éstas, se encuentra prohibido el aprovechamiento comercial de esta información y, por lo tanto, su copia, reproducción, utilización, divulgación masiva y con fines comerciales, salvo autorización expresa y escrita de Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Para tal efecto comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.