DECRETO 314 DE 1981
(febrero 10)
Diario Oficial No. 35.707 de 23 de Febrero de 1981

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL

Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones.

EL DESIGNADO, ENCARGADO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 42 de 1980,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Fijase la escala de remuneración correspondiente a las distintas categorías de empleos del Instituto de Seguros Sociales, así:

GradoAsignación básica
15.290.00
26.050.00
36.800.00
47.560.00
58.310.00
69.070.00
79.820.00
810.590.00
911.340.00
1012.100.00
1112.850.00
1213.800.00
1314.920.00
1415.690.00
1516.640.00
1617.570.00
1718.900.00
1820.040.00
1921.930.00
2023.620.00
2125.140.00
2226.460.00
2327.970.00
2429.670.00
2531.370.00
2632.260.00
2735.540.00
2837.240.00
2938.940.00
3040.640.00
3142.340.00
3243.850.00
3345.550.00
3447.250.00
3548.950.00
3650.460.00
3752.350.00
3854.240.00
3956.140.00
4058.025.00
4159.910.00
4261.800.00

PARÁGRAFO. La escala fijada en el presente artículo se aplicará a partir del 1o. de mayo de 1981 únicamente a las personas que se vinculen a cargos dentro de las plantas de personal del Instituto de Seguros Sociales o que sean objeto de promoción o ascenso.

ARTÍCULO 2o. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del 1o. de mayo de 1981.

Comuníquese y cúmplase,
Dado en Bogotá, D. E., a 10 de febrero de 1981.

VICTOR MOSQUERA CHAUX

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
EDUARDO WIESNER DURÁN

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Ministro de Trabajo y Seguridad Social (e),
LAURA OCHOA DE ARDILA


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