DECRETO 1320 DE 1978
(Julio 6)
Diario Oficial No. 35.063 de 27 de julio de 1978
Por el cual se dictan normas sobre comisiones en el exterior.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 5 de 1978,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Salvo lo que disponga la ley para casos especiales, toda comisión en el exterior de los funcionarios a que se refiere el Decreto 1042 de 1978 requerirá autorización previa de la Presidencia de la República.
ARTÍCULO 2o. La autorización a que se refiere el artículo anterior, deberá ser solicitada al Secretario General de la Presidencia de la República por lo menos 15 días antes de la fecha en que deba darse comienzo a la respectiva comisión.
ARTÍCULO 3o. En la solicitud deberá indicarse la naturaleza de la comisión, su finalidad específica y su término de duración.
ARTÍCULO 4o. Mientras las entidades a que se refiere el Decreto 1042 de 1978 proceden a adoptar la reglamentación prevista en el inciso final del artículo 62 de ese estatuto, el valor de los viáticos diarios para las comisiones en el exterior será fijado por el Secretario General de la Presidencia de la República.
ARTÍCULO 5o. Salvo disposición legal en contrario las normas sobre la duración y otorgamiento de comisiones contenidas en el Decreto 1042 de 1978 lo mismo que las de este Decreto, se aplicarán a los empleados públicos de las entidades sujetas a regímenes especiales de clasificación y remuneración de empleos.
ARTÍCULO 6o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Dado en Bogotá, a 6 de julio de 1978.
ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN
El Ministro de Gobierno,
ALFREDO ARAÚJO GRAU
El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado,
CARLOS BORDA MENDOZA
El Ministro de Justicia, encargado del Ministerio de Educación Nacional,
CÉSAR GÓMEZ ESTRADA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ALFONSO PALACIO RUDAS
El Ministro de Defensa Nacional,
General ABRAHAM VARÓN VALENCIA
El Ministro de Agricultura
JOAQUIN VANIN TELLO
El Ministro de Trabajo y Seguridad social,
JUAN GONZALO RESTREPO
El Ministro de Salud,
RAÚL OREJUELA BUENO
El Ministro de Desarrollo Económico,
DIEGO MORENO JARAMILLO
El Ministro de Minas y Energía,
EDUARDO GAITÁN DURAN
El Ministro de Comunicaciones
SARA ORDOÑEZ DE LONDOÑO
El Ministro de Obras Públicas y Transporte
HUMBERTO SALCEDO COLLANTE
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, encargado
CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN
El Jefe del Departamento Administrativo de la Aeronáutica Civil,
JAIME CHAVARRIAGA MEYER
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
JOHN NARANJO DOUSDEBES
El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística
ÁLVARO VELÁSQUEZ COCK
El jefe del Departamento Administrativo de Seguridad,
GUILLERMO LEÓN LINARES
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado,
MARIO MADRID MALO
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías,
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