DECRETO 1320 DE 1978
(Julio 6)
Diario Oficial No. 35.063 de 27 de julio de 1978

Por el cual se dictan normas sobre comisiones en el exterior.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 5 de 1978,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Salvo lo que disponga la ley para casos especiales, toda comisión en el exterior de los funcionarios a que se refiere el Decreto 1042 de 1978 requerirá autorización previa de la Presidencia de la República.

ARTÍCULO 2o. La autorización a que se refiere el artículo anterior, deberá ser solicitada al Secretario General de la Presidencia de la República por lo menos 15 días antes de la fecha en que deba darse comienzo a la respectiva comisión.

ARTÍCULO 3o. En la solicitud deberá indicarse la naturaleza de la comisión, su finalidad específica y su término de duración.

ARTÍCULO 4o. Mientras las entidades a que se refiere el Decreto 1042 de 1978 proceden a adoptar la reglamentación prevista en el inciso final del artículo 62 de ese estatuto, el valor de los viáticos diarios para las comisiones en el exterior será fijado por el Secretario General de la Presidencia de la República.

ARTÍCULO 5o. Salvo disposición legal en contrario las normas sobre la duración y otorgamiento de comisiones contenidas en el Decreto 1042 de 1978 lo mismo que las de este Decreto, se aplicarán a los empleados públicos de las entidades sujetas a regímenes especiales de clasificación y remuneración de empleos.

ARTÍCULO 6o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Dado en Bogotá, a 6 de julio de 1978.

ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN

El Ministro de Gobierno,
ALFREDO ARAÚJO GRAU

El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado,
CARLOS BORDA MENDOZA

El Ministro de Justicia, encargado del Ministerio de Educación Nacional,
CÉSAR GÓMEZ ESTRADA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ALFONSO PALACIO RUDAS

El Ministro de Defensa Nacional,
General ABRAHAM VARÓN VALENCIA

El Ministro de Agricultura
JOAQUIN VANIN TELLO

El Ministro de Trabajo y Seguridad social,
JUAN GONZALO RESTREPO

El Ministro de Salud,
RAÚL OREJUELA BUENO

El Ministro de Desarrollo Económico,
DIEGO MORENO JARAMILLO

El Ministro de Minas y Energía,
EDUARDO GAITÁN DURAN

El Ministro de Comunicaciones
SARA ORDOÑEZ DE LONDOÑO

El Ministro de Obras Públicas y Transporte
HUMBERTO SALCEDO COLLANTE

El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, encargado
CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

El Jefe del Departamento Administrativo de la Aeronáutica Civil,
JAIME CHAVARRIAGA MEYER

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
JOHN NARANJO DOUSDEBES

El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística
ÁLVARO VELÁSQUEZ COCK

El jefe del Departamento Administrativo de Seguridad,
GUILLERMO LEÓN LINARES

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado,
MARIO MADRID MALO

El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías,


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