DECRETO 1315 DE 1978
(julio 6)
Diario Oficial No. 35.064 de 28 de julio de 1977

Por el cual se dictan normas en materia salarial para algunos empleos de la Dirección de Campañas Directas y del Fondo Nacional Hospitalario del Ministerio de Salud.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 5ª de 1978,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> La planta de personal de la Dirección de Campañas Directas del Ministerio de Salud y de las distintas oficinas de zona, se incorporará a la planta de personal del mismo Ministerio con sujeción a las normas establecida en el Decreto 1042 de 1918 y sus normas concordantes.

ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Las personas que de manera temporal se requieran para dar cumplimiento a las labores de campo de la Dirección de Campañas Directas, serán vinculadas por el Director de Campañas Directas o por las personas en quien él delegue esta atribución, en un todo de acuerdo con las normas previstas para el personal supernumerario por el Decreto 1042 de 1978.

ARTICULO 3o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> La remuneración adicional que con anterioridad a la vigencia del Decreto 1042 de 1978 percibían por razón de la naturaleza de sus funciones algunos funcionarios de la Dirección de Campañas Directas y del Servicio Nacional de Erradicación de la Malaria, continuarán reconociéndose y pagándose con el carácter de prima técnica, sujeta en todo a las prescripciones que sobre la materia contiene el Decreto 1042 de 1978.

ARTÍCULO 4o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> La planta de personal del Fondo Nacional Hospitalario se adoptará con sujeción a las normas generales establecidas para los empleos de la Rama Ejecutiva del Poder Público por el Decreto-ley 1042 de 1978.

ARTÍCULO 5o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de Julio de 1978.

ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
ALFONSO PALACIO RUDAS.

El Ministro de Salud.
RAÚL OREJUELA BUENO.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil encargado,
MARIO MADRID-MALO GARIZÁBAL.


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