DECRETO 1308 DE 1978
(julio 6)
Diario Oficial No. 35.062 de 26 de julio de 1978

Por el cual el sistema salarial para los empleados públicos del Programa Integrado de Nutrición Aplicada –PINA-.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 5ª de 1978,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Los empleados públicos que laboran en el Programa integrado de Nutrición Aplicada –PINA- quedarán sujetos a las disposiciones que en materia de clasificación, nomenclatura y remuneración de empleos rigen para los empleados del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –I.C.B.F.

ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> El Departamento Administrativo del Servicio Civil fijará las equivalencias entre la nomenclatura de empleos vigente para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la que actualmente rige para el Programa Integrado de Nutrición Aplicada –PINA-.

ARTÍCULO 3o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Para el cumplimiento de este Decreto, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar incorporará a su planta de personal los empleos existentes en el Programa Integrado de Nutrición Aplicada –PINA- y la someterá a la aprobación del Gobierno Nacional.

ARTÍCULO 4o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Toda modificación a la planta de personal del PINA se realizará por Acuerdo de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional.

ARTÍCULO 5o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Los sueldos fijados para los empleos del Programa Integrado de Nutrición Aplicada –PINA- tendrán efectos fiscales en los mismos términos establecidos por el Decreto 1042 de 1978 y las normas que lo adicionen o modifiquen.

ARTÍCULO 6o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de julio de 1978.

ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ALFONSO PALACIO RUDAS.

El Ministro de Salud,
RAÚL OREJUELA BUENO.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado,
MARIO MADRID-MALO GARIZÁBAL.


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