DECRETO 996 DE 1974
(mayo 28)
Diario Oficial No. 34.111 del 1 de julio 1974

MINISTERIO DE GOBIERNO

Por el cual se adoptan unas normas policivas para la Intendencia de Casanare.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 19 de 1973,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Nacional de Policía y mientras en definitiva se expiden disposiciones especiales para la Intendencia de Casanare, continuará rigiendo allí el Código de Policía de Boyacá con las modificaciones y reformas introducidas hasta la fecha.

PARÁGRAFO. Los recursos de apelación y especial de revisión de que trata el Código de Policía de Boyacá que estuvieren en trámite, continuarán surtiéndose en su orden, ante el Intendente de Casanare y el Director General de Intendencias y Comisarías. En lo sucesivo, las providencias policivas sólo tendrán los recursos de reposición y de apelación, éste, ante el Intendente.

ARTÍCULO 2o. Hácense extensivas, en lo pertinente, al Territorio de la Intendencia de Casanare, las disposiciones contenidas en los Decretos 1963 de 1956 y 2095 de 1961 sobre Playones, Sabanas Comunales e Islas, cuyo cumplimiento está a cargo de los Alcaldes y demás funcionarlos de policía..

ARTÍCULO 3o. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 28 de mayo de 1974.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Gobierno,
ROBERTO ARENAS BONILLA

El Ministro de Justicia,
JAIME CASTRO.

El Ministro de Agricultura,


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