DECRETO 1083 DE 1973
(junio 11)
Diario Oficial No. 33881 de 7 de julio de 1973

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Por el cual se señalan las asignaciones de los Ministros del Despacho y de los Jefes de Departamentos Administrativo.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 2a de 1973 y oído el concepto de la Junta Consultiva creada por la misma Ley, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto-ley 524 de 1971, se señalaron para los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los Consejeros de Estado, los Fiscales del Consejo de Estado y el Procurador General de la Nación, asignaciones mensuales de trece mil pesos ($ 13.000.00), de sueldo y siete mil pesos ($ 7.000.00) de gastos de representación:

Que la Ley 21 de 1971 señaló para los miembros del Congreso una remuneración mensual igual a la establecida para los funcionarios indicados en el considerando anterior.

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. La asignación mensual de los Ministros del Despacho y de los Jefes de Departamentos Administrativos será, de trece mil pesos ($ 13.000.00) de sueldo y siete mil pesos ($ 7.000.00) de gastos de representación.

ARTÍCULO 2o. El presente Decreto rige a.partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del 16 de junio de 4973.

ARTÍCULO 3o. Derógase el Decreto 700 del 16 de abril del presente año.

Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 11 de junio de 1973.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ECHAVARRÍA VÉLEZ.

El Ministro de Educación Nacional,
JUAN JACOBO MUÑOZ.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,


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