DECRETO 3065 DE 1968
(diciembre 14)
Diario Oficial No. 32.721 de 26 de febrero de 1969

<NOTA DE VIGENCIA: En criterio del Editor este Decreto no se encuentra vigente por sustracción de materia>

Por el cual se modifica el Decreto 2565 de 1968

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 65 de 1967,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. El artículo 63 del Decreto 2565 de 1968 quedará así:

“Artículo 63. Estarán adscritos al Ministerio de Defensa Nacional los Establecimientos Públicos que a continuación se determinan: la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, la Caja de Vivienda Militar, el Hospital Militar Central, el Fondo Rotatorio del Ejército, El Fondo Rotatorio de la Armada Nacional, el Fondo Rotatorio de la Fuerza Aérea, el Fondo Rotatorio de la Policía Nacional y las Casas Fiscales del Ejército”.

ARTÍCULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y ejecútese,
Dado en Bogotá, D.E., a 14 de diciembre de 1968

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Defensa Nacional,


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